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Universidades, colegios, poderes
21. AUSA 13, f. 47v, claustro pleno de 13 de abril de 1539, donde el rector defendió la aplicación de algunos de los estatutos aprobados en el tenor literal con que Juan de Córdoba «lo dexó asentado y lo llevo con los otros estatutos al Consejo», y AUSA 13, f. 15r, claustro de diputados de 2 de noviembre de 1538, que encomendó a dos de sus miembros redactar «vna ynstruçion de lo que a de azer don Juan de Cordova reformador en la corte en que le digan que pyda e ponga lo que a ellos les paresçiere».
22. En el claustro mencionado en la nota anterior, AUSA 13, ff. 47v-48r, por decisión de la mayoría («e mandaron que no se guarden los dichos estatutos hasta que con mayor delyberaçion se vea sy los dichos estatutos se deven confirmar o rebocar para adelante»), en contra de algunos votos discrepantes, entre ellos el del rector, respecto a los que en el Título IX de los nuevos modificaban lo dispuesto por las constituciones de 1422 para la elección de los diputados.
23. Fue el caso, por ejemplo, del «Estatuto que fizyeron los doctores Juristas sobre llevar el medio ducado a los que se yzieren bachilleres en derechos» el 18 de diciembre de 1538 (AUSA 13, ff. 23r y ss.), o el que con el mismo objeto se aprobó para los médicos y artistas en el claustro de diputados del 7 de enero de 1539 (AUSA 13, ff. 27r y ss., «e lo estatuyan e estatuyeron que se guarde desde oy en adelante»).
24. AUSA 13, ff. 108r-109r, con la indicación al margen «estatuto que aya numero de doctores», con fecha de 17 de febrero de 1540, fruto de la comisión designada en el claustro pleno del 24 de enero anterior a propuesta del rector (íd., ff. 97v y ss.).
25. AUSA 13, ff. 101v-102r y 109r.
26. AUSA 13, f. 191r, claustro pleno del 21 de marzo de 1542, en el que se informó de que «esta ya vn brebe de Roma en que la Vnyversidad pueda dispensar con los que se ovyeren de hazer liçençiados en esta Vnyversidad en los cursos de letura con tal que lea vn año prymero en su casa o en las escuelas publycamente el tal que se oviere de azer liçençiado».
27. Se incorporó en 1625 a la recopilación editada en Salamanca en la imprenta de Diego de Cusio bajo el título Estatvtos hechos por la Vniversidad de Salamanca. Recopilados nueuamente Año de 1625 y, en su interior, el de Constitvtiones apostolicas, y estatvtos de la mvy insigne vniversidad de Salamanca. Recopilados nuevamente por su comision (BG 57182, también en el Repositorio Gredos), pp. 125-128.
28. AUSA 13, f. 310v, claustro pleno del 24 de mayo de 1544, convocado para tratar sobre ella (presentada ya en el del 22 de marzo, f. 303r), y ff. 311v y ss., del 25 de mayo, en el que se reiteraron las posturas y se nombró la comisión (f. 313v).
29. AUSA 13, ff. 318r y ss., claustro pleno del 11 de julio de 1544, con la «Declaracion» sobre dichos cursos obra de la comisión (compuesta por el rector, el maestrescuela y varios doctores y maestros, entre ellos Domingo de Soto), en 320r-321r, fechada el 13 de julio.
30. En el claustro pleno del 15 de julio de 1544, AUSA 13, ff. 321v-322r, dentro del debate y votación sobre la declaración «e lo tocante a la bula general», en relación con la cual se expresaron opiniones muy diversas, sin que se deje constancia de ningún acuerdo final.
31. AUSA 15, ff. 40-41, claustro pleno del 24 de septiembre de 1546 (cuando el licenciado Lorenzo Pérez de Cubillas presentó la primera real provisión a su favor, notificada por un escribano del número de la ciudad de Salamanca, y, tras discutirse sobre si se guardaría el estatuto y la bula confirmatoria o la provisión, se acordó que el síndico fuese al Consejo Real en defensa del estatuto), ff. 42v y ss., íd. 11 de octubre, y 45r y ss., 5 de noviembre, en el que se acordó su cumplimiento.
32. De igual modo, el 31 de julio de 1556 tuvo que obedecer y cumplir la tercera provisión por la que el Consejo Real anuló y revocó un estatuto que permitía la opción de la cátedra de Clementinas a cátedra de Decretales (AUSA 25, f. 86r-v), pese a su resistencia anterior, manifestada en los claustros del 31 de marzo y el 10 de junio (íd., ff. 46r-47v y 79v-80v).
33. AUSA 15, ff. 53r y ss., claustro pleno del 7 de noviembre de 1546, convocado para responder a la tercera real provisión.
34. En el claustro de diputados del 8 de julio de 1547 (AUSA 16, f. 49v) se encomendó al rector la respuesta a una real provisión del Consejo, relativa al estatuto sobre el número de doctores, que presentó un escribano real al final de la sesión, sobre cuyo contenido no se deja constancia. En cuanto a los estatutos impresos, Estatvtos hechos por la Vniversidad de Salamanca sobre el examen que an de hazer los estudiantes artistas, antes que passen, a Medicina, o Theologia, Salamanca, Andrea de Portonariis, 1549 (BG 57184_7); Estatutos hechos por la Vniuersidad de Salamanca sobre la orden que se ha de tener en las lecturas que han de leer los cathedraticos, assi de propiedad como de cathedrillas, Salamanca, Andrea de Portonariis, 1549 (BG 57184_4); Estatvtos hechos por la Vniversidad de Salamanca, de lo que an de guardar los cursos de Gramatica de menores que nueuamente se instruyeron, Salamanca, Andrea de Portonariis, 1549 (BG 57184_5); Estatvto hecho por la Vniuersidad de Salamanca, que no se den tratados en escriptis so ciertas penas, Salamanca, Andrea de Portonariis, 1549 (BG 57814_8); Estatvtos hechos por la Vniversidad de Salamanca en lo tocante a las honrras, y entierros de los doctores, y maestros que fallescieren en la dicha vniuersidad, Salamanca, Andrea de Portonariis, 1549 (BG 57184_6).
35. AUSA 17, ff. 66v y ss., claustro pleno del 14 de octubre de 1548: «en lo de las lecturas los dichos señores dixeron que por quanto muchas e diversas vezes se avia platicado en la vniuersidad de dar horden en las lecturas e como se leyese e pasase de manera que los oyentes fuesen aprovechados e cerca desto se yzo vn estatuto entre los otros que se izieron en el año pasado de mil e quinientos e treynta e ocho años por el que se proveyo la horden que avian de tener los catredaticos de catredas cursatorias que llaman cathedrillas e por esperyençia se vio e vehe de cada dia que aquello no se podia guardar e tambien se dexo de proveher çerca de las lecturas que avian de leher los cathedraticos de propiedad […] porende queryendo remediar e proveher en cosa que tanto conviene al bien de la Vniversidad e provecho de los oyentes e a lo que mas conviene en lo que toca a las cathedras de propiedad hordenaron que de bene plaçito sedis appostolicae los dichos cathedraticos leyesen en la forma siguiente […]» (67v). «Los quales dichos estatutos que de suso van yncorporados cada vno dellos de verbo ad verbum fueron leydos en el dicho claustro y la dicha Vnyversidad e claustro congregado dixeron que queryan y ordenavan y estatuyan y estatuyeron que los dichos estatutos y lo en ellos y en cada vno dellos contenydo se aquy adelante se guardasen e cunplyesen en todo y por todo como en ellos y en cada vno dellos se contiene como estatuto fecho y ordenado por la Vnyversidad» (71r-v). En el claustro de diputados del 19 de mayo de 1549 (AUSA 18, f. 81v), el dr. Pérez de Grado presentó dos bulas confirmatorias, que se acordó guardar y cumplir. En AUSA 2867, 23, con la atribución al año 1551, letras del nuncio confirmando el estatuto sobre lecturas en Leyes y Cánones.
36. Resistencia que, por ejemplo, se expresó en los claustros del 27 de junio de 1550, f. 104r-v, y 8 de noviembre de 1550, f. 143r.
37. AUSA 17, ff. 87v y ss., con el auto del maestrescuela en f. 90r.
38. AUSA 19, ff. 75v y ss., esp. 76v, comisión que se nombró luego el 8 de mayo en el convocado para elegir las personas «que declaren los estatutos propuestos en el claustro pleno pasado» (íd., ff. 81r y ss.).
39. AUSA 19, ff. 88 y ss., pese a la oposición del maestrescuela y después de que en el claustro anterior, el 8 de mayo, se hubiesen manifestado las discrepancias al respecto, con predominio ya de la opinión favorable a la revocación, sin llegar a un acuerdo (íd., ff. 81r-82v). Resistencias al estatuto que prohibía dar teóricas y tratados in scriptis en AUSA 19, ff. 133v-134r, 19 de octubre de 1550, y al de las lecturas en AUSA 19, ff. 104r-05r, 27 de junio de 1550, y f. 143r, 8 de noviembre de 1550.
40. AUSA 19, ff. 137r y ss.
41. En AUSA, Fondo Ricardo Espinosa Maeso, detalle de su desarrollo en el manuscrito de este autor «La reforma universitaria de Don Diego Enríquez de Almansa, obispo de Coria en 1551», que puede consultarse en la red.
42. AUSA 20, f. 14, claustro pleno de 26 de enero de 1551.
43. AUSA 20, ff. 44v y ss.
44. AUSA 20, ff. 49r-50v, claustro pleno de 15 de julio.
45. AUSA 20, f. 53r-v, sin la presencia del rector, que se asomó brevemente para decir que estaba indispuesto.
46. AUSA 20, ff. 57v-60v.
47. AUSA 20, f. 113r; en ff. 113r-147v un borrador de los estatutos, en el que se aprecia con claridad que se parte del texto impreso de 1538, sobre el que se hacen nuevos añadidos, incorporaciones, correcciones y eliminaciones y se mantienen sin modificación otros capítulos. Termina con la indicación del orden conforme al cual «se an de imprimir los statutos nueuos para poder facilmente entender quales de los viejos quedan como estauan y quales se an mudado» (f. 147r-v).
48. En concreto, la del presidente del Consejo Real, el patriarca de Indias Fernando Niño (AUSA 21, f. 35r, diciembre de 1551 y 107v, junio de 1552). En f. 33v copia de la real provisión (Madrid, 27 de noviembre de 1551 –también en AUSA 2869, 70–), que ordenaba la vuelta de los dos comisarios presentes a la sazón y el envío en febrero de un doctor «de los que se hallaron en façer los dichos estatutos que estuviere mas ynformado para que entienda en ello».
49. AUSA 21, ff. 133v y ss.
50. AUSA 22, ff. 81v y ss.
51. AUSA 22, 87v y ss., claustro pleno del 11 de abril de 1553.
52. Así, por rp Valladolid, 20 de septiembre de 1553 (AUSA 22, f. 130v), y por su carta leída en el claustro de diputados del 2 de diciembre (AUSA 23, f. 9v).
53. AUSA 23, ff. 30r y ss., claustro pleno del 14 de febrero de 1554; ff. 33v y ss., del 26 de febrero; 35r y ss., 28 de febrero; 37v y ss., 4 de marzo.
54. AUSA 23, ff. 17r y ss., claustro pleno del 20 de enero de 1554.
55. Leída en el claustro pleno del 21 de julio (AUSA 23, ff. 74r y ss.; también en AUSA 2885, f. 19). En el del 22 de enero (íd., 18v y ss.) se nombraron comisarios para ir al Consejo sobre el asunto.
56. Copia de ellas, junto a otras, en AGS, Cámara de Castilla, Diversos, 48, 22, encuadernadas bajo el título «Libro de la vnyversidad de salamanca donde se asientan todos sus despachos» y en su interior «Estatutos y otras provisiones que se an despachado para la vniversidad de la ciudad de Salamanca. En este año de mill e quinientos e çinquenta y çinco años». Se comunicaron por el rector en los claustros plenos del 18 y el 21 de junio de 1554 (AUSA 23, ff. 58v-59r y 60r-61r).
57. Claustros plenos del 31 de marzo, 10 de junio y 31 de julio de 1556, AUSA 25, ff. 50v y ss., 79v y ss. –en 80v lo entrecomillado en el texto– y 86r-v.
58. AUSA 23, f. 117r, tras modificarse algo ese capítulo, que en una primera versión decía: «Yten que por quanto esta Vnyversydad de Salamanca de tienpo ynmemoryal a esta parte es libre para poder azer estatutos por donde se gobiernan e de pocos tienpos a esta parte que es desde la vltima visytaçion que hizo el muy reverendo yn Cristo padre obispo de Coria los señores del consejo a ynstanzia del dicho señor obispo se an querido meter en que los estatutos de la dicha Vnyversydad no valgan syn aprovaçion del consejo lo qual es cosa nueva se mande a los del consejo no se entremetan en mas de aquello que en los tiempos pasados se guardo e yzo con la dicha Vnybersydad». Entre las otras instrucciones se incluía la súplica de confirmación de los privilegios reales y el mandato de obedecer los concedidos a los doctores y maestros por el derecho común y regio.
59. La cédula, en AUSA 2870, 17. Se leyó en el claustro pleno del 31 de marzo junto a una carta del maestro Gallo en la que daba cuenta de la buena disposición del rey ante sus gestiones (AUSA 26, ff. 44r y ss., con copia de la cédula en f. 45v).
60. AUSA 26, ff. 39v y ss., con copia de la bula, que llevó personalmente al claustro ese doctor, en ff. 40r-41r.
61. AUSA 29 ff. 19r y ss., claustro pleno del 19 de febrero de 1560, con las instrucciones de lo que debía hacer el maestro Gallo en la Corte en ff. 23v y ss. Entre ellas, también la confirmación de otro estatuto que estaba en trámite («Yten si se ynbiare el estatuto de cómo se an de graduar los catredaticos entienda que se confirme», f. 24r), aprobado luego el 4 de marzo (ff. 26v y ss.). Por carta fechada en Toledo el 1 de mayo el comisionado informó de que el primer estatuto se había confirmado y separado del resto de estatutos que se iban resolviendo «para la vesita del señor obispo de Çibdad rrodrigo que andan ya al cabo en algunas cosas», pero que tenía muchas dudas sobre el segundo (ff. 66r y ss., claustro pleno del 6 de mayo). En ff. 67v-69r la real provisión, leída en ese claustro, que se obedeció y mandó guardar.
62. AUSA 29, f. 66v.
63. AUSA 30, ff. 4r y ss. La real provisión con los estatutos, en AUSA 2885, 1.
64. AUSA 30, f. 4v.
65. AUSA 30, ff. 5r y ss., 12r y ss., 15v y ss., claustro del 10 de enero de 1561 en el que Gómez presentó el borrador del memorial y se comprometió a entregarlo en limpio. El 12 de febrero su hijo anunció su muerte (f. 20v).
66. Como se deduce del auto proveído en la reunión del 28 de marzo de 1561 donde se reconocía que los claustrales «no se an querido ny quyeren juntar aun que se an llamado a muchos claustros con penas y con prestitos que avian e hobieron por leydos e por rreferidos los dichos estatutos» (ibíd., f. 36v; en ff. 24r y ss., claustro pleno del 26 de febrero de 1561 en el que comenzó la lectura).
67. AUSA 30, ff. 70v y ss.
68. AUSA 30, f. 78r, claustro pleno del 14 de junio.
69. En el claustro pleno del 24 de octubre, donde se presentaron (ibíd., ff. 117v y ss.). Manuscrita, en AUSA 2885, 2. En BG 57183_3, Estatvtos hechos por la muy insigne Vniuersidad de Salamanca. Año MDLXI, Salamanca, Juan María de Terranova, 1561.
70. Sobre el episodio y los argumentos esgrimidos a favor y en contra de la eficacia de la bula en el momento, M.ª Paz Alonso Romero: «Anotaciones sobre las reformas de los estudios jurídicos en la Universidad de Salamanca durante el siglo XVIII», en Jorge Correa Ballester (coord.): Universidad y sociedad: historia y pervivencias, Valencia, Universitat de València, 2018, t. I, pp. 45-62, esp. pp. 55 y ss.
LA UNIVERSIDAD NACIONAL ANTE LAS FIESTAS CONMEMORATIVAS DE LA CONSUMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA (1921)
M.ª DE LOURDES ALVARADO
IISUE, UNAM
I. INTRODUCCIÓN
Once años después de que el Gobierno de la República celebrara a nivel nacional y con gran derroche de recursos materiales y humanos el primer centenario del inicio de la guerra de la independencia de México, a lo largo del mes de septiembre de 1921, bajo el mandato de un gobierno emanado de la revolución, se llevó a cabo una segunda conmemoración de dicho suceso. Solo que en esta ocasión se festinaba la consumación de esa gesta, encabezada cien años atrás por Vicente Guerrero y Agustín de Iturbide.
Los motivos que animaron al presidente Álvaro Obregón a llevar a cabo tal homenaje, a solo nueve meses de haber asumido la presidencia de México y en medio de graves problemas en espera de urgente solución, son varios y de no poco peso, entre los que destacaban la necesidad de unir y fortalecer el espíritu patriótico de los mexicanos y fomentar el sentimiento nacionalista de la población. Para lograrlo, se pensó en aprovechar el potencial educativo que brindaban eventos de este tipo pues, como afirmaba El Universal, «aparte de constituir una perenne fuente de ejemplos cívicos, señalan la génesis misma de nuestra nacionalidad».1 Pero al parecer la razón fundamental que animaba al presidente era otra: trasmitir a los representantes de los países invitados la imagen de un país próspero y que nuevamente gozaba de paz, aspecto fundamental para el futuro de su administración, ya que le urgía contar con el reconocimiento oficial a su gobierno por parte de Estados Unidos de Norteamérica.
Si bien entre ambas festividades patrias –1910 y 1921– se perciben ciertas coincidencias pese a las profundas diferencias características de los respectivos Gobiernos convocantes –el porfirista y el revolucionario–, predominan contrastes significativos, como es natural que sucediera por tratarse de contextos históricos, principios políticos y concepciones ideológicas y sociales opuestas. No es casual que Annick Lempérière haya calificado las festividades de la consumación de independencia como una «contracelebración», animada de un espíritu completamente nuevo, «cuyo discurso oficial subrayó sus caracteres “nacional” y “popular”», en oposición de las realizadas en 1910, que se caracterizaron «por su tono aristocrático y su indiferencia a nuestras tradiciones, artes y costumbres».2
Pero entre las múltiples divergencias de ambas celebraciones ha llamado especialmente mi atención una de ellas, seguramente motivada por mi interés en la temática educativa. Se trata del radical contraste entre la intensa y determinante participación de Justo Sierra, secretario de Instrucción Pública y Bellas Artes en las festividades patrias del porfiriato, y la asumida por José Vasconcelos, rector de la Universidad Nacional al tiempo del centenario de la consumación de la independencia y, a partir de octubre de 1921, titular de la secretaría de educación pública, quien se incorporó al programa oficial de festejos en forma por demás selectiva y a los cuales calificó, en tono desdeñoso, como una «humorada costosa».3 Analizar esta sorpresiva respuesta a la convocatoria oficial, inexplicable en una primera lectura de los sucesos septembrinos; explicar las razones que la motivaron e identificar y estudiar los casos excepcionales en los que el rector de la Universidad Nacional aceptó encabezar alguna de las actividades del centenario, representan el objetivo del presente trabajo.
II. ÁLVARO OBREGÓN Y LAS FESTIVIDADES CENTENARIAS DE 1921
Si bien durante largo tiempo la importancia de las celebraciones de la independencia nacional –inicio y consumación– fueron poco apreciadas por los estudiosos de Clío, con el paso de tiempo fueron cobrando el valor que sin duda les corresponde. Como respuesta a dicho interés, en los últimos tiempos han visto la luz pública diversos e interesantes trabajos sobre el tema que nos ocupa, los cuales abordan desde distintas perspectivas el sentido y riqueza de sendos acontecimientos. Y es que tal género de conmemoraciones representan un excelente recurso para analizar la visión de la historia oficial en un momento dado y las expectativas a futuro de sus respectivos gobiernos, al punto que, para el caso que nos ocupa, uno de los autores consultados plantea que la historia política y cultural de la gestión de Álvaro Obregón (1920-24) estaría incompleta si se ignoran las memorables fiestas de la consumación de la independencia.4 Tal es la importancia que le concede a dicho suceso, entre otras razones, porque –nos dice– dan cuenta del espíritu mestizo, incluyente y democrático que el gobierno en turno se propuso imprimir al evento, por la imagen progresista y exitosa que el régimen político emanado de la reciente lucha armada se afanó en proyectar, tanto al interior como exterior del país, así como por los vínculos de unión que al parecer logró establecer entre la población de México, en especial entre los habitantes de la capital, donde las celebraciones septembrinas tuvieron mayor esplendor.
Pese al propósito inicial por parte del Gobierno obregonista de mantener las fiestas conmemorativas del centenario de la consumación de la independencia dentro de un marco de austeridad, ajeno a los excesos cometidos en 1910,5 estas rebasaron los planes originales y se convirtieron en un conjunto abigarrado y heterogéneo de eventos múltiples, en los que hubo una respuesta satisfactoria para los diversos intereses, condición social y nivel cultural de la población. Como bien señala Clementina Díaz y Ovando, nadie fue olvidado, hubo actividades y espectáculos para todos los gustos, para todas las clases, tanto para la nostálgica aristocracia deseosa de revivir los antiguos ceremoniales que la distinguían del resto de sus paisanos, como para los nuevos ricos, los sectores medios y los menos favorecidos tanto económica como socialmente. Incluso, los indigentes gozaron de ciertos beneficios durante aquel mes de septiembre: alimentos gratuitos en los comedores públicos, ropa nueva para no deslucir en los festejos patrios, además de algunas actividades particularmente dedicadas a ellos. Del mismo modo se prestó atención a los presos, los ancianos de los asilos y a los niños pobres, quienes, entre otras acciones, tuvieron la posibilidad de dar un paseo en automóvil por la ciudad, a cuyo término recibieron dulces y frutas.6
Así, pese a la difícil situación política y económica por la que pasaba el país, secuela de la Primera Guerra Mundial y de la convulsa década de lucha armada que apenas llegaba a su fin, las festividades de 1921 se llevaron a cabo con gran profusión de brillantes ceremonias: bailes, recepciones, banquetes, cenas e inauguraciones de obras para beneficiar y embellecer la capital de la república, como monumentos, edificios, parques, jardines, calles, alumbrado, caminos y calzadas además de planteles escolares, entre los que destacaron las llamadas «Escuelas del Centenario». Hubo también exposiciones comerciales, industriales, educativas y artísticas, como las de «Pintura y Escultura», de la Academia de Bellas Artes, y la de «Arte popular mexicano», organizada por Gerardo Murillo –«Dr. Atl»–, Roberto Montenegro y Jorge Enciso y cuyo contenido significó toda una revelación para los asistentes, quienes pudieron apreciar la belleza de las artes manuales realizadas por las/los mexicanas/os, generalmente ignoradas cuando no abiertamente rechazadas.
Por supuesto, no faltaron los clásicos desfiles militares y de carros alegóricos, tan comunes en este tipo de programas, mientras que para los gustos más exigentes hubo conciertos, veladas literarias, juegos florales, conferencias, congresos, funciones de gala en los teatros principales de la ciudad, temporadas de ópera y de zarzuela, además de la ya clásica visita a Teotihuacán. Como una de las características de las fiestas fue la participación privada, con el pretexto de los festejos así como de la diversidad de intereses, no faltó quien contratara a las «Girls» de la compañía de revistas neoyorkina, quienes sorprendieron y alegraron al público capitalino.
Dado que una de las prioridades de estas celebraciones, claramente expresada en diversas ocasiones por el presidente Obregón, por los miembros del comité ejecutivo de los festejos7 y por la prensa en general, fue la de garantizar que estos tuvieran un perfil popular, el programa incluyó una amplia gama de actividades orientadas a dicho fin. Hubo funciones populares en los cines, carpas, corridas de toros, verbenas, jamaicas,8 fiestas charras, jaripeos, jura de bandera y una amplia gama de concursos como los de chinas y charros, cantadores, bailes regionales, poesía, himno del centenario, decoración de edificios con motivos alusivos a la ocasión y justas deportivas, entre otros.
Entre ese mar de actos llamó especialmente mi atención el concurso de la «India Bonita», por el interés que la élite gobernante y la población en general le otorgaron, pero sobre todo por el alto valor simbólico que se le asignó. Quizás por primera vez en el país, especialmente en un evento tan significativo como el referido, se eligió como una de sus reinas a quien les pareció que era una verdadera «representante de la raza».
Desde el 3 de agosto, María Bibiana Uribe, oriunda de San Andrés Tenango, distrito de Huauchinango, Puebla, fue declarada ganadora de este certamen porque, según explicaba el jurado respectivo, «reunía todas las características de la raza: color moreno, ojos negros, estatura pequeña, manos y pies finos, cabello lacio y negro, etcétera».9
A partir de entonces, pero en especial durante el mes de septiembre, la joven, considerada como símbolo de «la virgen morena de la raza de bronce, simiente del pueblo mexicano»,10 recibió todo tipo de halagos y homenajes. Si bien se convirtió en uno de los principales focos de atracción de las fiestas, y su presencia en los grandes salones atraía las miradas curiosas e incrédulas de la elegante concurrencia, tras bambalinas motivaba comentarios burlones y despectivos, los cuales –discursos aparte– mostraban con crudeza el verdadero rostro de la sociedad posrevolucionaria: